E.E.M.
N° 6 D.E. 19
Reglamento
Escolar de Convivencia.
En
el marco de la Ley N°223 de la CABA (Anexo I), hacemos propios los objetivos
generales que plantea en su Artículo 6°, Inciso a):
“Propiciar la participación democrática de
todos los sectores de la comunidad educativa, según la competencia y
responsabilidad de cada uno, en la elaboración, construcción y respeto de las
normas que rijan la convivencia institucional con el fin de facilitar un clima
de trabajo armónico para el desarrollo de la tarea pedagógica”.
Así también adoptamos
los criterios de aplicación de las Normas de Convivencia Escolar establecidos
en el Decreto N°998/008 (Anexo II), que en su Artículo 8°, Inciso b) determina
que:
“Toda sanción tiene
finalidad educativa y debe guardar relación con la gravedad de la falta
cometida. Cada sanción que se aplica requiere de una instancia de reflexión
conjunta sobre los comportamientos inadecuados, buscando la modificación de la
conducta a partir de la toma de conciencia respecto a las consecuencias de la
transgresión cometida y de la asunción de un compromiso por parte de los
sujetos involucrados en la situación. Este principio se aplica tanto para las
transgresiones y las sanciones más leves como para las más graves”.
A
ellos sumamos los objetivos particulares de nuestro Proyecto Escuela, basado en:
Garantizar la inclusión
Ofrecer una educación de calidad
Desarrollar el sentido de pertenencia.
Con
el propósito de alcanzar el logro de estos objetivos mediante los medios más
adecuados, y con la participación de toda la Comunidad Educativa, nos damos el
siguiente Reglamento Escolar de Convivencia:
A)
A fin de lograr un clima de
trabajo armónico para el desarrollo de la tarea pedagógica, en cuyo marco sea posible garantizar la inclusión, defender la
calidad educativa y fortalecer la pertenencia, es necesario:
1) El aprovechamiento pleno de la jornada
escolar, para lo cual debemos comprometernos a garantizar:
la puntualidad
en los ingresos;
minimizar las
inasistencias, reduciéndolas a casos de fuerza mayor (Régimen de Asistencia:
Anexo III);
la
permanencia en el aula durante el horario de clases.
Para alcanzar esos objetivos establecemos
que:
a)
La jornada escolar se inicia a las 17 horas. Se debe respetar este horario de
ingreso y asistir a la formación y saludo en el patio de la Escuela.
b)
Se debe ingresar al aula sin demora al finalizar cada recreo, de manera
ordenada y respetuosa.
c)
La jornada escolar finaliza a las 22 horas. Este horario sólo puede ser
modificado por decisión expresa de las autoridades de la Institución. Está
prohibido retirarse de la Escuela antes de dicho horario sin autorización de
las autoridades correspondientes. Si fuese necesario el retiro de un alumno
dentro del horario escolar, deberá presentarse el adulto responsable y firmar
la autorización correspondiente.
d)
Está prohibido permanecer fuera del aula o retirarse de la misma durante el
horario de clases sin autorización del docente, así como ingresar en otros
espacios de clases sin autorización.
e)
El retiro del aula en cada recreo, y de la escuela al finalizar la jornada,
debe ser ordenado y respetuoso.
2) La construcción de un ambiente propicio
para la enseñanza y el aprendizaje, para lo cual debemos garantizar:
relaciones
respetuosas, democráticas y responsables entre alumnos, docentes, directivos y
personal de la Institución.
el
cuidado y la preservación de las instalaciones
Para alcanzar esos objetivos establecemos
que:
a)
La comunicación entre los miembros de la comunidad educativa (alumnos,
docentes, preceptores, directivos, auxiliares y familias) debe ser siempre
respetuosa, tolerante y solidaria.
b)
No se admite ningún tipo de agresión, verbal o física, burlas, expresiones
groseras, juegos bruscos o actitudes que expresen un acto de discriminación por
características físicas, género, condición social, nacionalidad u orientación
sexual. Todo acto de esta índole es pasible de ser sancionado.
c)
No se admite ningún tipo de ofensa a los símbolos patrios y/o religiosos. Todo
acto de esta índole es pasible de ser sancionado.
d)
El diálogo es el medio por excelencia de la comunicación, para la cual es
imprescindible saber escuchar y defender las propias opiniones argumentando con
respeto y tolerancia por las opiniones ajenas.
e)
No se admite ningún tipo de censura, burla o actitudes que expresen un acto de
discriminación por las opiniones ajenas. Todo acto de esta índole es pasible de
ser sancionado.
f)
Se debe ser solidario con las necesidades de los compañeros, brindando en todo
momento la ayuda requerida y respetando sus pertenencias.
g)
Deben mantenerse limpias y cuidadas las instalaciones y el mobiliario de las aulas.
Está prohibido dañar, pintar o golpear las mesas, sillas, armarios y paredes.
h)
Debe preservarse el material didáctico que la Escuela o los docentes ponen a
disposición de los alumnos. Todo daño o mal uso intencional es pasible de ser
sancionado.
i)
Deben mantenerse limpios los espacios comunes (pisos, baños, paredes, etc.), ya
que están en ese estado al momento de ingresar a la Escuela. La basura debe
depositarse en los cestos correspondientes.
j)
Está prohibido fumar en cualquier espacio de la escuela.
3) Hacer del aula un espacio de
construcción de conocimiento y de ciudadanía democrática, para lo cual debemos
garantizar:
El
trabajo responsable y colaborativo en el aula. Cada clase requiere trabajo y,
como tal, tenemos derecho a esperar sus frutos, a preguntarnos “¿qué aprendimos
hoy?”
El
cumplimiento de las tareas propias de quienes participan en el proceso de
enseñanza – aprendizaje.
Para alcanzar esos objetivos establecemos
que:
a)
La actividad en el aula debe contar con el máximo de dedicación, atención y
esfuerzo de cada uno, docentes y alumnos.
b)
Se debe cumplir en tiempo y forma con las tareas escolares solicitadas.
c)
No se permite el uso en clase de elementos que distraigan la atención, propia y
de los compañeros. Se prohíbe el uso recreativo de naipes, celulares, netbooks
o cualquier otro objeto propio para tal fin, salvo permiso expreso del
docente.
d)
Deben respetarse y estimularse los aportes, opiniones y disensos creativos y
críticos, para lo cual la tolerancia con el pensamiento del otro resulta
imprescindible. No se admite la falta de respeto, burlas o agresiones a las
ideas expresadas en clase.
e)
Se debe propiciar la participación en las tareas y proyectos institucionales,
actos patrios, muestras, intervenciones comunitarias y otras acciones
propuestas para mejorar el trabajo cotidiano, la convivencia y la solidaridad
en la Escuela.
B)
A fin de fijar los criterios de aplicación de estas normas, y teniendo como
principio que toda sanción tiene
finalidad educativa y debe guardar relación con la falta cometida, consideramos
necesario establecer que:
1)
Se consideran faltas graves:
a)
Retirarse de la Escuela sin autorización antes de la finalización del horario
de clases.
b)
La permanencia fuera del aula durante el horario de clases.
c)
La agresión verbal o física, burlas, expresiones groseras, juegos bruscos o
actitudes que expresen un acto de discriminación por características físicas,
género, condición social, nacionalidad u orientación sexual.
d)
La ofensa a los símbolos patrios y/o religiosos.
e)
La censura, burla o actitudes que expresen un acto de discriminación por las
opiniones ajenas.
f)
El daño o rotura intencional a las instalaciones y el mobiliario de la Escuela.
g)
El daño o rotura intencional del material didáctico provisto por la Escuela o
los docentes.
h)
Fumar en cualquier espacio de la Escuela.
2)
Se consideran faltas leves:
a)
El ingreso a la Escuela de manera irrespetuosa o evitando la formación y el
saludo de bienvenida.
b)
La entrada o salida del aula de manera irrespetuosa o provocando molestias a
los demás.
c)
El deterioro intencional de las instalaciones y el mobiliario de la escuela
mediante golpes, pintura o escritura.
d)
El deterioro intencional del material didáctico provisto por la Escuela o los
docentes
e)
Ensuciar intencionalmente los espacios comunes, más allá del uso normal y
adecuado de los mismos.
f)
El uso en clase de elementos que distraigan la atención, propia y de los
compañeros, como naipes, celulares, netbooks o cualquier otro objeto propio
para tal fin.
3)
La aplicación de ambos rangos de sanciones incluye una instancia de reflexión,
propiciando la toma de conciencia y el compromiso del alumno a fin de modificar
las conductas contrarias a las Normas de Convivencia.
4)
Las sanciones son acumulativas; se tomarán en cuenta su reiteración o
intensificación en frecuencia y gravedad.
5)
De acuerdo a la gravedad de la falta cometida, las sanciones a aplicarse a los
alumnos son:
a)
Apercibimiento oral, registrado internamente.
b)
Apercibimiento escrito comunicado al alumno para su descargo.
c)
Realización de acciones reparatorias en beneficio de la comunidad escolar.
d) Cambio
de división.
e)
Separación transitoria o temporal del Establecimiento.
f) Separación definitiva del
establecimiento.
6)
Toda solicitud de sanción requiere respetar las siguientes instancias:
a)
Descargo del alumno.
b)
Opinión del Tutor del curso.
c)
Opinión del Consejo Escolar de Convivencia.
d)
Decisión de la Dirección del Establecimiento.
e)
Comunicación fehaciente a los padres o representantes del alumno.
a)
Propiciar la participación democrática de todos los sectores de la comunidad
educativa, según la competencia y responsabilidad de cada uno, en la
elaboración, construcción y respeto de las normas que rijan la convivencia
institucional con el fin de
facilitar
un clima de trabajo armónico para el desarrollo de la tarea pedagógica”.
b)
Promover, en toda la comunidad educativa, los siguientes valores:
-
el respeto por la vida, la integridad física y moral de las personas;
-
la justicia, la verdad y la honradez;
-
la defensa de la paz y la no violencia;
-
el respeto y la aceptación de las diferencias;
-
la solidaridad, la cooperación y el rechazo de todo tipo de discriminación;
-
la responsabilidad ciudadana, el respeto a los símbolos patrios y el compromiso
social;
-
la responsabilidad individual;
c)
Fomentar la práctica permanente de la evaluación de conductas según las pautas
establecidas en el Sistema Escolar de Convivencia, como fundamento del proceso
de educar.
d)
Facilitar la búsqueda de consenso a través del diálogo para el reconocimiento,
abordaje y solución de los conflictos.
e)
Generar las condiciones institucionales necesarias para la retención y
finalización de estudios secundarios de los/las jóvenes.
f)
Posibilitar la formación de los alumnos en las prácticas de la ciudadanía
democrática, mediante la participación responsable en la construcción de una
convivencia armónica en los establecimientos educativos.
g)
Proveer a las instituciones educativas de mecanismos eficaces para la resolución
de los conflictos.
E.E.M.
N° 6 D.E. 19
Consejo
Escolar de Convivencia.
En la C.A.B.A., a los 9 días
del mes de Abril de 2015, se reúne el Consejo Escolar de Convivencia de la
Institución a fin de establecer su conformación y aprobar su Reglamento
Interno.
I. El Consejo estará
integrado en lo sucesivo por el Profesor Martín Ortiz Herrero, Director del
Establecimiento, los profesores Matilde Firpo, Roberto Menéndez y José
Villarroel, elegidos por y en representación del Cuerpo Docente; Dieter García
en representación del Cuerpo de Preceptores, Pablo Alí, Estela Ojeda, Axel
Ávila, Jonathan Zárate y Diego Román
elegidos por y en representación del Cuerpo de Estudiantes, y Marcela
Mariguan y María Rosa Rodríguez González en representación de las madres,
padres y tutores.
Los representantes del
Cuerpo de Estudiantes participarán de las sesiones del Consejo en número de 2
(dos), de manera rotativa, y las representantes de las familias en número de 1
(uno).
De este modo, el Consejo
Escolar de Convivencia estará conformado por 3 (tres) Profesores, 1 (un)
Preceptor, 2 (dos) Alumnos y 1 (una) madre de alumnos de la Institución. La
Presidencia del Consejo la ejercerá el Director del Establecimiento.
II. El Consejo sesionará de
manera Ordinaria en forma quincenal, los días jueves de la primera y tercera
semanas de cada mes.
III. Las sesiones
Extraordinarias se llevarán a cabo previa convocatoria por parte de la
Dirección del Establecimiento o de al menos 3 (tres) integrantes del Consejo,
ante situaciones que requieran una respuesta inmediata.
IV. Los días jueves en que
no se realizan sesiones ordinarias los representantes del cuerpo de Profesores
mantendrán reuniones preparatorias con tutores, y atenderán a los padres
eventualmente citados.
V. Para tener carácter de Ordinarias, las
sesiones deberán contar con la presencia de al menos 2 (dos) representantes de
la Institución (profesores y preceptores) y 2 (dos) representantes de Alumnos y
Madres.
VI. Son competencias del
Consejo:
a) Proponer acciones
tendientes a mejorar la convivencia institucional y prevenir conflictos.
b) Intervenir en todas las
áreas del Sistema Escolar de Convivencia de acuerdo a sus principios y
objetivos, en el marco de la Ley N° 223 de la C.A.B.A..
c) Elaborar las Normas de
Convivencia propias de la Institución, con la participación activa de todos sus
cuerpos.
d) Sugerir sanciones ante
faltas a las Normas de Convivencia. Dichas sanciones serán incrementales de
acuerdo a la gravedad y/o reiteración de las faltas, en el siguiente orden:
apercibimiento por escrito, en actas de sanciones
disponibles por los docentes;
notificación fehaciente a la familia mediante reuniones
con miembros del Consejo y el tutor del curso;
realización de acciones reparatorias en beneficio de la
comunidad educativa;
firma de Actas de Compromiso por parte del alumno y la
familia;
cambio de división;
separación transitoria de la Institución; durante la
misma el alumno deberá realizar actividades escolares especiales y cumplir con
las tareas normales del curso;
cambio de escuela con vacante en otra institución,
respetando el derecho a la educación del alumno.
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